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Antes de empezar a leer tenga en cuenta que las fechas son las propuestas, pero no son oficiales a no ser que haya una ley publicada que así lo indique. Éstas pueden cambiar en cualquier momento si el Gobierno así lo estima. Los anuncios televisados o medios de comunicación no generan ley. Para que haya ley ha de haber una publicación oficial en el BOE.

Las tres asociaciones que conforman el 100% de la patronal del Convenio Nacional de Peluquería e Institutos de Belleza han realizado este comunicado para esclarecer las dudas que ha presentado el Plan de Desescalada.

Estos son los requisitos comunes a cumplir en la peluquería, gabinetes de estética y barbería  a lo largo de  todas las fases, salvo que se dicten algunos nuevos.

  1. Al ser una actividad que requiere contacto con el cliente, se deberá garantizar al máximo la protección individual de los profesionales que la realicen, para lo cual será obligatorio usar guantes y mascarillas.
  2. Se deberá facilitar la disponibilidad y el acceso de soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.
  3. El local de estos sectores y su equipamiento deberá ser periódicamente desinfectado e higienizado.

FASE 0

Es una fase de preparación de todos los locales públicos con señalización y medidas de protección para preparar el comienzo de la siguiente fase.

A partir del día cuatro de mayo, se podrán abrir las peluquerías y gabinetes de estética a través de un sistema de citas previas para atender de forma individualizada a los clientes.

Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.

Existen dos posibles opiniones sobre lo que el Plan denomina como “atención individual”.

La primera es que cada cliente sea atendido por un profesional individualmente por lo que en un negocio, podrían entrar tantos clientes a la vez como trabajadores presten sus servicios.

La segunda posibilidad sería que en un negocio, por grande que fuera la atención individualizada implicaría que SOLAMENTE UN CLIENTE PUEDE PERMANCER EN EL SALÓN CADA VEZ con independencia de los metros del Salón y del número de personas que podrían trabajar dentro.

Habrá que esperar a que se publique en BOE el Decreto correspondiente, ya que en las fechas que estamos todavía no se ha publicado nada.

La primera de las opciones no genera tanta controversia porque permite la reapertura con todos los trabajadores siempre que se respeten el resto de restricciones.

En la segunda de las interpretaciones, TAN SOLO DEBERÍAN ABRIR (SI CUMPLEN LAS CONDICIONES, Y QUIEREN HACERLO) EL PRÓXIMO DÍA 4 LAS PELUQUERÍAS  Y SALONES DE BELLEZA QUE NO TENGAN TRABAJADORES, ES DECIR LOS AUTÓNOMOS QUE TRABAJEN SOLOS, ya que si reinician la actividad los salones con trabajadores, se dará por terminado el ERTE y tendrían que estar en el salón sin poder realizar sus funciones puesto que solamente se podría atender un cliente en el salón cada vez, con los costes que esto supone como explicaremos en el apartado “consideraciones“.

FASE 1

A partir del 11 de mayo no será necesario atender a los clientes mediante cita previa, pero el aforo máximo permitido será del 30%.

Al desaparecer la atención individualizada de la fase 0 LAS EMPRESAS CON TRABAJADORES, valorarán, si les interesa abrir con el aforo permitido, en función de lo que se regule, una incorporación progresiva de los mismos, o la plantilla al completo, como explicamos en el apartado consideraciones.

En la puerta del establecimiento, se deberá indicar mediante un cartel, cuál es el aforo máximo del local en cada una de las fases, así como un cartel que indique que el salón ha sido desinfectado e higienizado de acuerdo con los protocolos establecidos.

Una vez cubierto el aforo, no podrá permanecer nadie en el interior del local hasta que no haya una plaza libre, y por tanto dicha espera se deberá realizar fuera del mismo.

Será obligatorio a partir de esta fecha la distancia mínima de 2 metros entre clientes, y si no fuera posible, solo se permitirá únicamente la permanencia de un cliente.

En las empresas con trabajadores, se realizará un análisis de las exigencias  de Prevención de Riesgos Laborales de la actividad del Sector de Imagen Personal adaptadas al Covid- 19.

La patronal de la Paritaria del Convenio Colectivo del Sector, está trabajando en ello, y tal como os comunicábamos en una anterior circular, ya se ha puesto en contacto con el Ministerio de Sanidad, sin que de momento tenga respuesta.

En cuanto se disponga de dicho plan de Prevención COVID-19, se os hará llegar una copia del mismo para que lo implantéis en vuestros salones.

Como medida para garantizar que las Mutuas no deriven al empresario la responsabilidad, en el caso de contagios, será conveniente que los trabajadores firmen como que están informados-formados en dicho plan, así como que también firmen la entrega del correspondiente EPI.

FASE 2

A partir del 25 de mayo, el aforo se limita al 40%.

Se deberá garantizar una distancia mínima entre clientes de 2 metros, y si no fuera posible solo se permitirá únicamente la permanencia de un cliente.

Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.

FASE 3

A partir del 8 de junio el aforo se limita al 50%.

La distancia de seguridad se mantendrá en 2 metros.

Se trata de la última fase hasta recuperar la “nueva normalidad” una vez que  se cumplan los marcadores requeridos.

Cada una de estas cuatro etapas tendrá una duración de dos semanas, (sin contar la fase cero) por lo que el proceso completo durará un mínimo de seis semanas y un máximo de ocho.

Cada Provincia avanzará a la siguiente fase, si los indicadores sanitarios apuntan que es posible, por lo que las fechas de inicio de cada fase son orientativas y sujetas a dicho cumplimiento, ya que en caso contrario se pueden retrasar o adelantar para cada Provincia.

CONSIDERACIONES:

  1. Estamos a la espera de que se publiquen en el BOE las aclaraciones del Gobierno del término “individualmente” de la fase 0, por si hace referencia a un  solo cliente cada vez, con independencia de los metros del salón y del número de personas que podrían trabajar dentro o si hace referencia a un cliente por local de negocio.
  • En la segunda interpretación, lo recomendable para las personas que tienen trabajadores, es que no los saquen del ERTE al menos hasta la fase 1 (11 de mayo), en que ya no será necesario atender individualmente, ni con cita previa.
  • Además, hay que tener en cuenta que una vez recuperado al trabajador del ERTE ya no será posible volverlo al ERTE POR FUERZA MAYOR, y en caso de no volverlo a necesitar habría que plantear un nuevo ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Señalar que en esta fase 1 el aforo del local vendrá limitado al 30%, para la fase 2 al 40%, y para la fase 3 al 50%, por lo que si se recuperan del ERTE a todos  los trabajadores (como dice la norma en los supuestos de fuerza mayor), será complicado (habría que estudiar cada caso) que con este aforo puedan estar ocupados todos.

La alternativa a este problema que se está barajando, es que la incorporación de los trabajadores no sea de todos a la vez, sino que se vayan reincorporando de forma progresiva, según las necesidades de la empresa, y que mientras tanto los no reincorporados, sigan en el ERTE con un coste menor para la empresa.

ESTA CUESTIÓN TODAVÍA NO ESTÁ DEFINIDA NI REGLAMENTADA Y ESPERAMOS QUE EL GOBIERNO SE PRONUNCIE SOBRE LA MISMA A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

  • Recordar, que mientras dure el estado de alarma, el empresario decidirá, dentro de lo permitido, en cada fase, CUÁNDO DECIDE ABRIR SU ESTABLECIMIENTO, dependiendo de que le compense dicha decisión.
  • Es necesario colocar en lugar visible los carteles sobre medidas de actuación por el COVID-19, acerca de las medidas de prevención.
  • La normativa, indica cuáles son las medidas de protección y los protocolos de actuación en el ejercicio profesional de nuestra actividad, pero nosotros PODEMOS REFORZARLOS, si mejoran los establecidos.
  • Los autónomos, desde que reanuden su actividad deberán comunicar dicha circunstancia a su Mutua.

No obstante, insistir en que tiene que publicarse un Decreto que levante la Suspensión de la actividad de Peluquería y Belleza, que todavía no se ha publicado en el BOE.

Según se aclaren las cosas, iremos informando. Esperamos haber podido ayudar en estos momentos de tanta incertidumbre sanitaria y legislativa.

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